(Escrituras de Propiedad)
CASILLA DEL
PUENTE COLGANTE
NATURALEZA
Finca urbana, destinada para vivienda de Guardas, situada a la margen derecha del río Tajo, inmediata al Puente Colgante, en Aranjuez, provincia de Madrid.
LINDEROS
Limita al Norte, Sur, Este, y Oeste, con terrenos propiedad del Real Patrimonio en el sitio antes indicado.
CABIDA
Mide una superficie de DOSCIENTOS CINCO METROS y VEINTINUEVE DECIMETROS cuadrados, equivalentes a dos mil seiscientos cuarenta y cuatro pies cuadrados y trece centésimas.
CARGAS
Esta finca se halla libre de toda carga o gravamen.
TITULO
El Rey Don Felipe IV, a fin de mudar la entrada del Real Sitio al Oriente de Palacio, variando el camino de Madrid, que antes desembocaba en la Plaza de Armas por el puente que se llamo de la Isleta, estableció en 1656 un puente de barcas en el sitio en que se hallaba otro rústico destinado para el paso a los molinos de Don Gonzalo Chacón, y al ser renovado este puente en el Reinado de Don Carlos III por otro también de barcas de mejores condiciones y mas perfecto, se construyó a las inmediaciones del mismo en terrenos procedentes de la agregación a la Corona de los bienes del citado Don Gonzalo, una casilla que se utilizó para Admon. del cobro de los derechos de pasaje por este puente, que fue sustituido en 1834 por el sólido y airoso Puente Colgante que actualmente existe.
Tanto esta casilla, como la que para igual objeto se mandó edificar por el mismo Rey, cercana al hermoso Puente Largo del Jarama, constan de un solo piso, de fabrica de ladrillo, con capacidad suficiente para contener en la parte posterior, habitaciones independientes para vivienda de los guardas de aquellos cuarteles, decorando su frente una bonita galería cubierta que sostienen seis gruesas columnas de piedras.
Por la ley de 18 de Diciembre de 1869, pasaron las casillas de referencia a la Dirección del Patrimonio que fue de la Corona, y al devolverse a esta en virtud de la Ley de 26 de Junio de 1876 los bienes que constituían el Real Patrimonio, quedaron en el poder del Estado como bienes dedicados al servicio publico, los puentes llamados de “La Reina”, “Largo” y “Colgante” y con ellos la mitad de cada una de las dos casillas pontazgo, que se destinaron para servicio de los peones camineros, entregándose solamente las otras dos mitades que habían servido para habitaciones de guardas.
En Junio de 1884, se convino entre la intendencia Gral. de la Real Casa y Dirección Gral. de Obras Publicas, la permita de la media casa que se hallaba en posesión del Estado a la inmediación del Puente Colgante, por la otra media perteneciente al Real Patrimonio junto al puente Largo, y aprobada esta permuta por Real Orden de 14 de Julio del mismo año, tuvieron efecto las entregas respectivas en 7 de Noviembre del expresado año 1884, mediante acta suscrita por el Ingeniero Don José Azpiroz, representante del Estado, y el Admor. del Real Patrimonio, Don Isaac de Zayas, en representación de la Real Casa, quedando de este modo la Casilla del Puente Colgante en su totalidad, de la exclusiva pertenencia del Real Patrimonio.
VALORACIÓN
El valor de esta finca en la actualidad es de pesetas 10.000.
INSCRIPCIÓN
Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Chinchón, en los tomos de su archivo y del Ayuntamiento de Aranjuez respectivamente 1162 y 47; folio 6; finca número 1559; inscripción 1ª.